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El juez culpa al conductor de todos los siniestros con animales salvo en la AP-1

El juez culpa al conductor de todos los siniestros con animales salvo en la AP-1
02-02-2016 | 16:46

Año y medio después de que entrara en vigor la polémica reforma de la Ley de Tráfico, que responsabiliza al conductor del vehículo en los casos de accidentes con animales, las primeras sentencias dan la razón al legislador: quien paga es el dueño del coche, siempre que el siniestro no sea consecuencia directa de una acción de caza colectiva de animales de gran tamaño.

Ahora bien, los tribunales establecen una salvedad. Cuando el percance se produce en la autopista, la AP-1 -según el fallo al que ha tenido acceso este periódico- es la concesionaria la que debe abonar los desperfectos. El peaje obliga a la empresa a «adoptar una diligencia extrema para garantizar la seguridad» de los usuarios, en concreto, «mantener en perfecto estado el vallado».
La Audiencia de Burgos ha dictado dos sentencias en las últimas semanas que dejan poco lugar a las dudas. Desde el punto de vista de la jurisprudencia estos fallos determinan las posibilidades de éxito de los futuros recursos que planteen los afectados. Quienes sufran un accidente por la irrupción de un animal en una carretera o en una autovía correrán con todos los gastos, bien los conductores o bien las aseguradoras en el supuesto de que la póliza incluya esa prestación.
El único modo de que los titulares de un coto sean responsables del siniestro pasa por probar que «es consecuencia directa de una acción de caza colectiva de especie mayor llevada a cabo el mismo día o que haya concluido 12 horas antes del percance». Existe otra excepción, y es que el titular de la vía no haya reparado las vallas de cerramiento en plazo o no disponga de la señalización específica de animales sueltos en tramos con alta accidentalidad», según la famosa disposición adicional novena de la Ley 6/2014.
Así se desprende del fallo de la Sección Tercera de la Audiencia a un recurso planteado por la aseguradora Admiral Insurance Company Limited, que solicitaba que una sociedad cinegética de la provincia fuera condenada a pagar 4.255 euros de los daños que sufrió un coche en la zona de Miranda de Ebro tras colisionar contra un corzo. El tribunal provincial hace suya la tesis de la parte demandada y concluye que en el momento del accidente ni 12 horas antes se estaba celebrando ninguna cacería en las inmediaciones de la carretera.
El apelante alegó que en estos casos ha de prevalecer la aplicación de los artículos del Código Civil que hablan de la responsabilidad extracontractual por culpa o negligencia y la Ley de Caza de Castilla y León, sobre los daños originados por piezas de caza. Pues bien, el magistrado Juan Sancho -ya jubilado- considera que no ofrece duda que prevalece la reforma de la Ley de Tráfico, «pues el legislador ha optado por hacer responsable al conductor del vehículo, aun cuando haya cumplido con las normas».

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