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Luz verde al decreto de conservación y gestión del lobo en la región

21-05-2016 | 16:57

La Junta ha aprobado el decreto que regula el Plan de Conservación y Gestión del Lobo en Castilla y León, y que sustituye al vigente desde 2008. El decreto clarifica que el río Duero es la línea divisoria que diferencia el estatus jurídico de la especie, cinegética al norte y estrictamente protegida al sur, conforme dispone la Directiva Europea Hábitats 92/43/CEE.

Con este nuevo plan, la Junta de Castilla y León hará efectivo en los próximos días un seguro suscrito a su cargo que servirá para indemnizar el pago de los daños causados a la ganadería en la zona de protección de una forma ágil, tanto por el daño real como por el lucro cesante. El decreto buscará también otras fórmulas que coadyuven a reducir el conflicto social, modifica los órganos de participación y asesoramiento, y crea la Mesa del Lobo de Castilla y León.

El análisis que presenta el Plan de Conservación y Gestión del Lobo en Castilla y León, aprobado este jueves el Consejo de Gobierno, considera que el lobo se encuentra en un estado de conservación favorable, que ha aumentado su población en la última década, y que el principal problema para su conservación es la conflictividad que genera por los daños producidos a la ganadería extensiva.

En el Plan se analiza la evolución de la población. Según el último censo 2012-2014, en Castilla y León se ha detectado la presencia segura de 179 manadas –el 60 % de las existentes en toda España-, 30 más de las contabilizadas en el último censo regional de 2001, consideradas todas como una única población biológica que se ha extendido desde el norte de la Comunidad a las zonas del sur del río Duero.

Sobre la especie no existe amenaza previsible que ponga en peligro su supervivencia, salvo las derivadas de la conflictividad por los daños a la ganadería. Por ello, se considera que el estado de conservación de la especie en la Comunidad es favorable, llegando incluso a expandirse a las comunidades de Castilla-La Mancha, Madrid y esporádicamente en La Rioja y en el País Vasco.

La finalidad del Plan es seguir manteniendo la población en un estado de conservación favorable, buscando la compatibilidad con el aprovechamiento ganadero tradicional y favorecer que la especie se convierta en un elemento dinamizador de desarrollo rural. Esta es la razón principal por la que las principales acciones propuestas del plan se centran en lograr la compatibilización con la ganadería extensiva, en primer lugar a través de la aplicación de medidas preventivas que logren evitar los daños, y en segundo lugar, con la aplicación de otra serie de actuaciones para compensar adecuadamente los daños si llegan a producirse. Las indemnizaciones deberán compensar tanto el daño emergente como el lucro cesante y pagarse con la mayor celeridad posible.

En esta misma línea la Junta, con la participación de expertos y buscando el máximo consenso con las organizaciones agrarias, establecerá un Catálogo de Buenas Prácticas Ganaderas en las zonas loberas, en el que se indicarán las medidas de custodia y prevención de daños a la ganadería, cuya puesta en práctica contará con líneas de ayuda de la administración de Castilla y León. Por último, si a pesar de las medidas tomadas el daño persiste, el plan contempla la posibilidad de realizar medidas de control sobre la población en el marco de la normativa nacional y europea que contempla esta posibilidad tanto al norte como al sur del Duero.

Aprovechamientos cinegéticos
El decreto que aprueba el Plan de Conservación y Gestión del Lobo, dado que la población al norte del Duero es cinegética, establece también las pautas para la realización de este aprovechamiento sostenible de la especie. Se fijan cupos de caza para el conjunto de la comarca correspondiente que, con carácter general no superará el 10 % de la población, pudiendo llegar al 18 % en aquellas situaciones con una mayor siniestralidad por daños a la ganadería.

Por el contrario, al sur del Duero, donde el lobo no tiene la consideración de especie cinegética sino de estricta protección por disposición de la Directiva Hábitats 92/43/CEE, la Administración podrá autorizar de forma excepcional acciones de control, a realizar bien directamente o mediante la participación de otro personal debidamente autorizado, siempre bajo su supervisión y su estricto control, de conformidad con lo establecido en la ley 42/2007 del Patrimonio Natural y Biodiversidad, al tiempo que incrementará la vigilancia frente al furtivismo y el uso de cebos envenenados.

El Plan pretende resaltar los aspectos más positivos de la especie y su potencial como dinamizador de las áreas rurales donde se encuentra, para ello se establecen medidas para fomentar su aprovechamiento turístico sostenible.

Investigación y seguimiento
En el documento se establecen medidas para incentivar la investigación de la especie, haciendo especial hincapié en las medidas sobre técnicas de prevención y minimización de daños a la ganadería. También se da gran importancia al seguimiento poblacional que permite tomar las decisiones sobre la especie con el mayor conocimiento de la misma, creando incluso patrullas específicas para el seguimiento de la especie.

Mesa del Lobo y Comité Científico
El Plan modifica también los órganos de asesoramiento, y crea la Mesa del Lobo como un órgano de participación e intercambio de experiencias entre todos los sectores sociales implicados en la adecuada gestión y conservación de la especie. Entre sus miembros figurarán representantes de las consejerías competentes en materia de medio ambiente y ganadería, representantes de las organizaciones profesionales agrarias, de las asociaciones entre cuyos fines se incluya la conservación de la naturaleza, de los colectivos de cazadores y de las empresas de eco-turismo que realicen su actividad sobre la especie.

Además, el nuevo texto legislativo recoge también la constitución de un Comité Científico formado por representantes de las universidades de la Comunidad Autónoma, de los colegios profesionales relacionados con la gestión de la fauna y la ganadería, y por profesionales de reconocido prestigio sobre la especie y sobre la gestión de la ganadería extensiva.

La Consejería de Fomento y Medio Ambiente, por su parte, designará un coordinador del Plan para supervisar las actuaciones e iniciativas que se lleven a cabo y para coordinar y promover la colaboración con los órganos de participación, la comunidad científica y cualquier otra institución dedicada a velar por la conservación y protección de los valores naturales, entre ellos, el Servicio de Protección de la Naturaleza de la Guardia Civil y, si fuera necesario, el Ministerio Fiscal.

Educación y sensibilización
La Junta de Castilla y León desarrollará e impulsará campañas de divulgación, información y educación ambiental sobre el lobo y el contenido de este Plan, diseñadas y dirigidas específicamente para cada sector de la población, especialmente a los habitantes del medio rural en general y ganaderos en particular, además de a los cazadores, la sociedad urbana y también a la comunidad escolar, en este último caso en colaboración con la Consejería de Educación.

Igualmente el Plan recoge el compromiso de realizar cursos de formación dirigidos a técnicos, agentes forestales y medioambientales, celadores e integrantes de patrullas de seguimiento de fauna, así como a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, con contenidos referidos a la gestión de la especie, la lucha contra las causas de mortalidad incidental y la valoración de los daños ocasionados a la ganadería.

Tramitación
El texto definitivo que hoy ha aprobado el Consejo de Gobierno ha sido sometido a información pública, trámite de audiencia y Gobierno Abierto, ha sido conocido por todas las Consejerías y Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León; ha sido informado por el Comité Técnico de Seguimiento del Plan de Conservación y Gestión del Lobo en Castilla y León y por el Consejo Regional de Medio Ambiente y cuenta con informes de la Dirección General de Presupuestos y Estadística y de la Asesoría Jurídica, así como del Dictamen del Consejo Consultivo.

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